Tecnologías de la Información

        

       



     Las tecnologías de la información y Comunicación (TIC) han sido conceptualizadas como la integración y convergencia de la computación microelectrónica, las telecomunicaciones y la técnica para el procesamiento de datos, sus principales componentes son: el factor humano, los contenidos de la información, el equipamiento, la infraestructura material, el software y los mecanismos de intercambio electrónico de información, los elementos de política, regulaciones y los recursos financieros.

   En la actualidad la humanidad y más aún la juventud vive una época de constantes cambios socioculturales originados en gran parte por el desarrollo de la tecnología, ella crece tan rápido que es sin duda un elemento necesario en la educación de todas las personas, incluso debe ser un área de conexión dentro de los currículos escolares.

    Es por ello, que podemos decir que con el indetenible avance de las TIC´s en todos los aspectos el Estado Venezolano ha profundizando en la promoción de políticas públicas y en el establecimiento de una base legal para motivar y fortalecer la infraestructura de las mismas, facilitar su acceso y promover su uso en todos los niveles de la población, más aún en la población juvenil a través de los gobiernos regionales y municipales, que orientados por el nivel central destinan recursos en la capacitación del talento humano necesario para multiplicar eficientemente el proceso de alfabetización tecnológica, así llamado por el Comandante supremo Hugo Chávez.

     Es por ello, que a partir del año 1999, con la aprobación de la actual Constitución nacional y con la creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología, se fundamentan las bases para llevar a cabo todas las actividades referentes a la incorporación de Venezuela a la nueva Era Tecnológica. En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), específicamente en el Artículo 102, en el cual se consagra la educación como un derecho humano y donde el estado asume como un deber el conocimiento científico y tecnológico entre otras cosas, en el Artículo 103 por otra parte, se plantea el derecho de toda persona a la educación en igualdad de condiciones y oportunidades.

    Por otra parte, la constitución desde el punto de vista tecnológico en sus Artículos 108 y 109 establece que los medios de comunicación social públicos y privados contribuirán con la formación ciudadana y las instituciones educativas deben incorporar los conocimientos y aplicación de las nuevas tecnologías; y el Articulo 110 nos dice que el estado reconoce la tecnología y sus aplicaciones como medio para el desarrollo del país en todos sus aspectos y dispondrá de los recursos necesarios para su desarrollo y prevé la participación de los entes privados.

     La Ley Orgánica de Educación (2009), por su parte destaca en el Artículo 09 el amparo las TIC, a través de la incorporación y aplicación de las nuevas tecnologías de información en todas las etapas del sistema educativo nacional. De igual manera la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (2005) en su Artículo 01 establece a esta ley como el instrumento que orienta en materia de ciencia y tecnología para fomentar la investigación científica y fomentar e impulsar el desarrollo nacional.

      En tal sentido la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) establece en su Artículo 68 la inclusión a los niños, niñas y los adolescentes en todos los aspectos de investigación tecnológica. También es importante mencionar la Ley de Telecomunicaciones (2000) que se constituye como encargada de promover el desarrollo de los proyectos que se relacionen con la transferencia tecnológica y uso de los equipos.

      Adicionalmente existen tres decretos muy importantes que avalan las TIC´s, como lo son el Decreto Nº 825 de la presidencia de la república de fecha 10/05/2000, que declara el acceso y el uso de internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico y social del país, así como también señala que el antiguo Ministerio de Educación Cultura y Deportes dictará las directrices para instruir sobre el uso de internet, es decir, no sólo lo vincula al proceso, sino que lo regula para su correcto funcionamiento.

     En este mismo orden de ideas, el decreto Nº 3.390 de la presidencia de la república de fecha 24/12/2004, impulsa el software libre en todas las instituciones de administración pública, desarrollado con estándares abiertos, para no limitar a las personas al uso de una licencia privada, principalmente a las instituciones educativas, y por último, el decreto Nº 1.290 de la presidencia de la república de fecha 30/08/2001, que viene a formar parte en el año 2008 del Ministerio de Ciencia y Tecnología el cual define las estrategias y lineamientos que orientan todas las políticas en materia Tecnológica.

   De todo lo antes expuesto, es factible presumir que las TIC´s, están suficientemente sustentadas desde el punto de vista legal y son la herramienta apropiada para crear una plataforma firme que pueda mantenerse en el tiempo, por ende y en relación a la educación, esta no queda a la deriva.

   En conclusión, es necesario resaltar que el gobierno nacional, ha dado inicio con la creación esta legislación a un proceso de innovación que da nuestros jóvenes la valiosa oportunidad de avanzar con paso firme y rápido hacia mundo nuevo, el de la era tecnología, en el que pueden llegar a ser protagonistas de sus propio futuro en crecimiento, poniendo de manifiesto su capacidad creativa y sus ganas de superarse y de aportar a la grandeza de nuestra nación.